Catálogo Escalafonario Región 2 - Contraportada Grupo 3

El presente Catálogo Escalafonario 2008-2009, está elaborado sobre la base de lo que establece el Reglamento, Tabulador y Lineamientos de la Comisiòn Estatal Mixta de Escalafòn ISEP-SNTE, con las debidas adaptaciones de instancias estatales, en esencia se observa el cumplimento de los artículos del 63 al 72 del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores al Servicio de la Secretaría de Educación Pública.

Los trabajadores de la Educación que aparecen, son los que tienen plaza dictaminada o plaza base, y su calificación corresponde a los documentos recibidos por la Comisión al 12 de Octubre de 2007.  El objetivo es establecer un sistema de protección de los derechos escalafonarios del personal dependiente del Instituto de Servicios Educativos  y Pedagógicos en Baja California para estar en posibilidad de obtener ascensos de acuerdo al reconocimiento y evaluación de los méritos individuales.

En los ascensos otorgados por esta Comisión mediante Dictamen Escalafonario, los promoventes conservan sus derechos en su nueva clave, independientemente de la categoría con que aparezcan en el Catálogo vigente y transcurridos los seis meses podrán aspirar a un nuevo ascenso.

Los factores que intervienen en la determinación de la calificación individual,  se sustentan en la superación académica, el esfuerzo del trabajo y la antigüedad en el servicio.  

FACTORES DOCUMENTOS PORCENTAJES
I CONOCIMIENTOS
 ■ Preparación.
 ■ Mejoramiento profesional.

Certificados, Títulos, Cédula Profesional, Postgrados.

45 %
 ■ 20%.
 ■ 25%.
II APTITUD
 ■
Iniciativa, Laboriosidad y eficiencia.
 ■ Otras Actividades.

5 Últimos  Créditos
Notas Laudatorias, Libros, Obras y Artículos

25 %
 ■ 20%.
 ■   5%.
III ANTIGUEDAD
20 Puntos 20 %
I DISCIPLINA Y PUNTUALIDAD 5  Últimos Créditos Escalafonarios 10 %
  100 %

Los trabajadores que integraron su expediente; que a su juicio cumplan con los requisitos y aparezcan con la categoría o puntuación errónea deberán presentar por escrito su inconformidad a esta Comisión de acuerdo con los siguientes ordenamientos.

La inconformidad deberá presentarse por escrito contando para ello con un plazo improrrogable de 30 días contados a partir de la fecha en que sea publicado el Catálogo 2008-2009, manifestando la causa y aportando  las pruebas que sustenten la misma.

Vencido el plazo mencionado, la Comisión  contará con 10 días hábiles como máximo para hacer las modificaciones al Catálogo (Fe de Erratas) y darlos a conocer de inmediato a los trabajadores y autoridades competentes.

Así mismo al cumplir con el procedimiento anterior el Catálogo Escalafonario 2008-2009 adquiere validez y tendrá vigencia de la fecha de publicación de la Fe de Erratas del mismo y hasta que entre en vigor el próximo Catálogo.

 

A T E N T A M E N T E

COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE ESCALAFÓN EN BAJA CALIFORNIA

EL PRESIDENTE ÁRBITRO

LIC.  GUSTAVO MANRIQUEZ FLORES

GRUPO III

REPRESENTANTE DEL ISEP

PROFRA. MARÍA TERESA CASTRO JIMÉNEZ

 REPRESENTANTE DEL SNTE SECC. 2

PROFR.  JOSE LUIS MARTINEZ HERNANDEZ